Miles de españoles que obtuvieron la nacionalidad por la llamada "ley de nietos" podrían quedarse sin votar en las elecciones generales del 29 de noviembre. El Tribunal Supremo de España decidió este lunes mantener la suspensión del derecho al voto de parte de estos ciudadanos, con excepciones, en una medida que podría afectar hasta a 163.000 personas, de acuerdo a cifras oficiales, principalmente residentes en países de América Latina como Argentina, México y Colombia.
La decisión llega a poco más de un mes de las elecciones y responde a recursos presentados por el partido de extrema derecha Vox y la organización Iustitia Europa, que cuestionan la forma en que miles de descendientes de españoles obtuvieron la nacionalidad y fueron incorporados al censo electoral.
El fallo abre ahora una carrera contra el reloj: para poder votar, los afectados deberán conseguir que los consulados españoles certifiquen que sus padres o abuelos fueron exiliados específicamente por motivos políticos, ideológicos o de creencias. Sin ese documento, no podrán participar.
El presidente Pedro Sánchez criticó duramente la decisión, que supone un revés para su gobierno, impulsor de la ley de nietos en 2022, que forma parte de la Ley de Memoria Democrática. El Ejecutivo esperaba que el Tribunal Supremo levantara la restricción.
"¿Qué significa esto? ¿Que los nietos de los exiliados del franquismo no van a poder votar y los nietos del régimen franquista sí van a poder hacerlo?", cuestionó Sánchez.
También acusó al Partido Popular (PP) y a Vox de querer quitar derechos básicos a ciudadanos españoles, y rechazó las acusaciones de la oposición sobre un supuesto intento de manipular el censo electoral para sumar votantes afines al gobierno.

¿Qué es la ley de nietos y a quién afecta la nueva medida?
La suspensión no afecta a todos los que tengan doble nacionalidad, sino a una parte de quienes la obtuvieron mediante la ley de nietos.
Esta legislación forma parte de la Ley de Memoria Democrática, aprobada en octubre de 2022 por iniciativa del Gobierno de Sánchez. Su objetivo es permitir que hijos y nietos de españoles que tuvieron que abandonar el país durante la Guerra Civil y la dictadura de Francisco Franco puedan obtener la nacionalidad española.
Al principio, para acceder a ella, los descendientes debían cumplir ciertos requisitos, entre ellos demostrar que sus padres o abuelos eran españoles de origen y sufrieron el exilio por razones políticas, ideológicas o de creencias.
Sin embargo, la ley tuvo un cambio una semana después de iniciar su aplicación. El gobierno emitió una instrucción que facilitó el trámite: estableció que se consideraría exiliados, salvo prueba en contrario, a los españoles que abandonaron el país entre 1936 y 1955.
Esta interpretación permitió que miles de descendientes obtuvieran la nacionalidad sin tener que demostrar individualmente las razones por las que sus familiares habían salido de España.
La normativa tuvo especial importancia en América Latina, donde en las últimas décadas se instalaron numerosos emigrantes y exiliados españoles.
El recurso de Vox y el recorrido en la Justicia
La controversia comenzó en julio pasado, cuando Vox y la organización Iustitia Europa acudieron al Tribunal Supremo para cuestionar la incorporación al censo electoral de miles de descendientes de españoles mediante la ley de nietos.
El 7 de septiembre, el Supremo escuchó los argumentos de las partes. Vox advirtió sobre un supuesto aumento irregular de los inscritos en el censo para votar, mientras Iustitia Europa sostuvo que una sentencia posterior a las elecciones no podría revertir sus posibles consecuencias. Por su parte, la Abogacía del Estado y la Fiscalía se opusieron a la suspensión, al señalar que los afectados ya tenían reconocida legalmente la nacionalidad española, y que no se podía cuestionar su derecho al voto de forma generalizada.
Tres días después, el tribunal aceptó las medidas cautelares y retiró el derecho a voto de los inscritos en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) por considerar que no había tiempo para revisarlo antes de los comicios, salvo las de quienes hubieran acreditado con documentos el exilio de sus familiares.
Luego de que Sánchez tomara la decisión la semana pasada de adelantar las elecciones para el próximo 29 de noviembre, la Abogacía del Estado pidió que se levantara esta medida cautelar para que los afectados pudieran votar, advirtiendo sobre las dificultades de revisar cerca de 170.000 expedientes antes de los comicios.

La proximidad de las elecciones aceleró todo el proceso: los magistrados incluso tuvieron que deliberar durante el fin de semana para resolver el recurso del gobierno de cara a la fecha de la votación.
La respuesta del máximo tribunal fue rechazar ese recurso. Según el tribunal, "el interés general de preservar la pureza del proceso electoral" debe prevalecer sobre el derecho al voto de quienes tienen sus inscripciones bajo revisión.
Añadió que, sin embargo, "los interesados que lo deseen, puedan personarse en las actuaciones como parte codemandada", y formular alegaciones en un plazo máximo de cinco días hábiles.
¿Qué pasa ahora? Una carrera burocrática para poder votar
Tras la decisión del Tribunal Supremo, se mantiene la suspensión de las nuevas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de quienes obtuvieron la nacionalidad mediante la ley de nietos, pero todavía no habían completado ese trámite.
La medida también alcanza a quienes ya figuran en el censo, pero cuyos expedientes no permiten comprobar en qué condiciones obtuvieron la nacionalidad y de quienes la administración no tiene constancia documental de cómo accedieron a ella.
No obstante, el tribunal estableció una excepción: podrán votar quienes consigan que los consulados españoles certifiquen que, al 1 de agosto de 2026, habían obtenido la nacionalidad tras acreditar documentalmente que sus padres o abuelos fueron exiliados por motivos puntuales.
Para eso, las oficinas consulares deberán revisar los expedientes y distinguir entre quienes presentaron esas pruebas y quienes consiguieron la nacionalidad gracias a la interpretación más amplia que había establecido el gobierno.
Con poco más de un mes hasta las elecciones y miles de expedientes por revisar, existen dudas sobre la capacidad de los consulados para completar el trabajo.
En Argentina, uno de los principales destinos históricos de la emigración española, las organizaciones de descendientes ya advierten sobre las dificultades para cumplir con los nuevos requisitos. Hasta octubre de 2025, solo en Argentina, 174.277 descendientes de exiliados españoles habían adquirido el derecho a la nacionalidad española en virtud de la Ley de Memoria Democrática, según datos del Gobierno español.
Juan Manuel de Hoz, referente del Centro de Descendientes de Españoles Unidos (Cedeu), cuestionó la viabilidad de la medida en declaraciones recogidas por el diario El País. "Es imposible de subsanar desde el lado burocrático", lamentó.
Actualmente, más de 38,5 millones de personas tienen derecho a voto en España, de las cuales 35.776.697 residen en territorio nacional. Según un comunicado publicado el 9 de octubre por el Instituto Nacional de Estadística (INE) español, Argentina encabeza la lista de países con más electores españoles residentes en el extranjero, con 524.852 personas habilitadas para votar. Le siguen México, en segundo lugar, con 192.177, y Cuba, en tercero, con 169.290.






















