La nueva relevancia jurídica y política de Palestina en la ONU y el mundo

Palestina participará con nuevos derechos en la Asamblea General de la ONU y presentará un primer borrador de resolución para pedir el fin de la presencia de Israel en los territorios ocupados.

Palestina no es aún un estado miembro de la ONU con plenos derechos, es únicamente un estado observador no miembro. Foto: Getty Images
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Palestina no es aún un estado miembro de la ONU con plenos derechos, es únicamente un estado observador no miembro. Foto: Getty Images

Cada año, en septiembre, se celebran las sesiones de la Asamblea General de la ONU, en la que participan los estados miembros y los estados observadores no miembros, como Palestina o el Vaticano.

En esta ocasión hay una novedad en la manera en que Palestina participará en dichas sesiones con nuevos derechos: presentará un primer borrador de resolución ante la Asamblea General para pedir el fin de la presencia de Israel en los territorios ocupados en un plazo de 12 meses.

¿Qué relevancia jurídica y política tiene el hecho de que un estado observador no miembro como Palestina haga una propuesta de este tipo? ¿Qué supone esta novedad en el plano internacional? Intentaremos responder de forma simple a estas cuestiones complejas.

Como se sabe, la ONU es el principal organismo universal surgido después de la Segunda Guerra Mundial. Su misión, entre otras, es fomentar y preservar la seguridad y la paz internacionales. De los 51 estados miembros originales de 1945 hemos pasado a los 193 actuales, participando todos ellos en su Asamblea General.

Para comprender mejor el papel que desempeñan los diferentes órganos de la ONU podemos decir que, desde sus inicios, se optó por replicar la estructura básica política y jurídica de los Estados nación. De manera que la Asamblea General de la ONU se correspondería con la acción política y jurídica legislativa, el Consejo de Seguridad con el Poder Ejecutivo político de la institución y la Corte Internacional de Justicia con el Poder Judicial, emitiendo opiniones consultivas así como resoluciones judiciales vinculantes para los estados miembros que han aceptado su jurisdicción.

Entonces, si la Asamblea General de la ONU se corresponde con las funciones, misiones y acción político-jurídica de los parlamentos de los estados, podemos decir que en este órgano reside la soberanía de los pueblos del mundo. No en vano la carta constitutiva de la ONU empieza con estas palabras “Nosotros los PUEBLOS de la NACIONES UNIDAS, resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra …”

Ahora bien, Palestina no es aún un estado miembro de la ONU con plenos derechos, es únicamente un estado observador no miembro. Hasta hace poco, Palestina no tenía un estatus reconocido en la ONU: fue solo hasta el 29 de noviembre de 2012 que la Asamblea General decidió, mediante una resolución aprobada por 138 votos, otorgarle este nuevo estatus.

Ese reconocimiento le dio a Palestina capacidad de presencia ante la Asamblea General pero tenía muy limitadas las capacidades de acción política y jurídica. Pero en 2024 se produjo un cambio en su estatus: el pasado mayo, justamente, la Asamblea General le otorgó nuevos derechos a Palestina y lo reconoció como estado observador no miembro para que pudiera participar en los asuntos de la ONU. Ello le ha dado un mayor peso jurídico y político al estado palestino.

Estos nuevos derechos ante la Asamblea General de la ONU permiten que la delegación diplomática participe en los puntos del orden del día que traten cuestiones palestinas y de Oriente Medio. También le permiten hacer declaraciones públicas en nombre de un grupo, participar en conferencias de la ONU, así como en los eventos y reuniones internacionales convocadas bajo los auspicios de la Asamblea General.

Y, quizás lo más relevante es que le permite al estado palestino presentar propuestas y enmiendas de resolución a la Asamblea General, tanto de manera oral como por escrito. Esto es precisamente lo que hizo la delegación diplomática palestina el pasado 18 de septiembre: presentó un borrador de resolución sobre los territorios ocupados por Israel, con el fin de que se vote en el pleno de la asamblea.

Su primer caso tuvo éxito: con 124 votos a favor, 43 abstenciones y 14 votos en contra la resolución fue adoptada. Su enorme valor no es sólo simbólico -al ser la primera propuesta de resolución Palestina presenta y logra aprobar- sino, sobre todo, es político y jurídico. En el documento, la ONU reclama al estado de Israel que “ finalice, sin demora, su presencia ilegal en los territorios ocupados palestinos” y como máximo lo haga “en el plazo de 12 meses”.

De hecho esta resolución otorga fuerza política y jurídica a la opinión consultiva adoptada por la antes mencionada Corte Internacional de Justicia de la ONU –que juzga a Estados y no a personas–, el pasado 19 de julio, bajo el título “Opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre las consecuencias jurídicas derivadas de las políticas y prácticas de Israel en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y de la ilegalidad de la presencia continua de Israel en el territorio palestino ocupado”.

Nos podemos preguntar entonces ¿qué relación tiene esta resolución de la Asamblea General de la ONU con esta corte también de la ONU)? Más allá de la opinión consultiva, la Corte Internacional de Justicia tiene abierta desde principios de este año, a instancias del Estado de Sudáfrica, una causa judicial sobre la aplicación de la convención para la prevención y el castigo del crimen de genocidio en Gaza contra el estado de Israel.

Hemos de recordar que Israel, que es un estado miembro de pleno derecho de la ONU, ha aceptado la jurisdicción de este tribunal internacional. Y esta corte, que todavía no ha dictado sentencia, aunque sí ha emitido medidas cautelares contra Israel, puede y debe tener en cuenta las resoluciones aprobadas por la Asamblea General de la ONU. Y más en este caso, si dicha resolución está alineada con la previa opinión consultiva del propio tribunal en su consideración de ilegalidad de la ocupación de territorios palestinos por parte de Israel durante décadas.

A ello cabe añadir que el Estado de Palestina solicitó desde el 2 de enero de 2015 ser parte de la Corte Penal Internacional, tribunal que juzga a personas, incluyendo a jefes de Estado en funciones, por posibles crímenes de genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra. Y que el fiscal de la Corte ha solicitado órdenes de arresto internacional contra altos responsables de Israel y Hamás.

Sabemos que las guerras no solucionan nada. Más bien destruyen con enormes costos humanos, sociales, ecológicos y materiales. Confiemos que las iniciativas políticas y jurídicas se cumplan y aporten soluciones de convivencia y de paz duraderas para toda la región en este momento de peligrosa escalada bélica en Oriente Medio.

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